Descripción
Subsidio Habitacional que otorga el Estado , que no se devuelve, que junto al ahorro de la familia, permiten la compra de una vivienda económica nueva en Zonas de Renovación Urbana y en Zonas de Desarrollo Prioritario. Este subsidio no puede ser aplicado a la construcción de viviendas en sitio propio; sólo a la adquisición de viviendas nuevas.
¿Cómo se postula?
• Se postula en forma individual o colectiva.
• Si se postula colectivamente, puede hacerse a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), con personalidad jurídica, con o sin fines de lucro, como por ejemplo, cooperativas abiertas de vivienda; corporaciones; fundaciones e inmobiliarias, cuya labor es organizar y patrocinar al grupo de postulantes al subsidio habitacional y desarrollar el proyecto habitacional.
• El MINVU dispone llamados a postulación, los que son publicados en el Diario Oficial hasta el día 20 del mes anterior al inicio del período de postulación.
¿A quiénes está dirigido?
A familias de sectores medios, con capacidad de ahorro, que puedan acceder a crédito hipotecario -si lo necesitan- y estén interesados en comprar su vivienda en zonas de Renovación Urbana o en Zonas de Desarrollo Prioritario.
• Son Zonas de Renovación Urbana aquellos barrios antiguos ubicados dentro de las ciudades, cuya recuperación el MINVU tiene interés en fomentar.
• Son Zonas de Desarrollo Prioritario aquellas áreas donde el MINVU quiere impulsar el desarrollo, atrayendo inversiones en vivienda y urbanismo, del sector privado.
Requisitos
• Ser mayor de edad.
• Tener Cédula Nacional de Identidad chilena.
• Acreditar el ahorro mínimo que exige el Programa, depositado en alguno de los tipos de cuenta a que se refiere el reglamento. El postulante tiene plazo para completar este monto hasta el último día del mes anterior al del inicio del período de postulación y no podrá efectuar giros posteriores a esa fecha.
• Carecer de vivienda. Este requisito incluye al interesado, a su cónyuge y a los miembros del grupo familiar acreditado.
• No tener certificado de subsidio vigente, el interesado ni su cónyuge.
• No estar postulando a ningún otro programa habitacional, el interesado ni su cónyuge.
• No estar postulando en el mismo llamado, el interesado, su cónyuge, ni otras personas acreditadas como cargas familiares.
• El interesado o su cónyuge no pueden haber obtenido antes una vivienda o subsidio habitacional del SERVIU, de sus antecesores legales, de las municipalidades o a través de otros mecanismos.
• Si se postula en grupo, debe hacerse con proyecto habitacional y a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).
• La Ficha de Protección Social (ex CAS) no es requisito para postular, pero aporta puntaje si es inferior al puntaje de corte del tercer quintil.
Financiamiento
La vivienda se financia con subsidio del Estado, ahorro del postulante y, de ser necesario, con un crédito hipotecario obtenido en alguna entidad crediticia, para lo cual el beneficiario debe cumplir los requisitos y condiciones exigidos para ser sujeto de crédito.
El monto del subsidio es de 200 UF.
El monto mínimo del ahorro que debe aportar el postulante está fijado en el reglamento respectivo, de acuerdo al tramo de precio de vivienda a que postule.
Existen dos tramos de valor de la vivienda:
Tramos de Precio de la Vivienda Subsidio (UF) Ahorro Mínimo (UF)
Hasta 1.000 UF 200 100
Hasta 2.000 UF 200 200
Estos montos de subsidio pueden ser incrementados hasta en 20 UF en caso que el beneficiario o uno o más integrantes del grupo familiar acreditado por éste, estuviere inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, siempre que al momento del pago del subsidio, se acredite que dicho monto ha sido destinado a financiar la ejecución de obras en la vivienda, que contribuyan a superar las limitaciones que afectan a quienes presentan tal condición de discapacidad en el grupo familiar del postulante.
Selección:
La selección se realiza regionalmente, por estricto orden de puntaje, entre los postulantes que cumplan los requisitos y tengan la documentación exigida, hasta que se agoten los recursos disponibles asignados a la región, en el Título, tramo de precio de viviendas, y alternativa de postulación.
En la selección se consideran los siguientes aspectos:
• Integrantes y características del grupo familiar.
• Monto acreditado de ahorro y saldos medios de ahorro efectivamente mantenidos.
• Puntaje Ficha de Protección Social (ex CAS). No es obligatorio, pero da puntaje si es inferior al tercer quintil.
• Permiso de edificación.
• Postulante Adulto mayor (puntaje adicional).
• Ser reconocido –el postulante o su cónyuge- como víctima por la Comisión Valech (puntaje adicional).
• Cumplimiento del Servicio Militar (Desde el año 2004 en adelante, con “Valer Militar”).
Consultar Factores de Puntaje D.S. N°40
Plazos:
Una vez hecha pública la nómina de seleccionados, los postulantes que se sientan perjudicados tienen derecho -durante 10 días corridos, a partir de la fecha de publicación de los resultados-, para presentar por escrito al SERVIU, los reclamos que estimen pertinentes.
El período de vigencia del certificado de subsidio es de 21 meses. Este plazo rige desde el primer día del mes subsiguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial, de la Resolución que apruebe las nóminas de seleccionados.
Instrumentos Para Acreditar Ahorro:
• Cuenta de Ahorro a Plazo para la Vivienda, en bancos o instituciones financieras.
• Cuenta de ahorro de “leasing habitacional”, en bancos, sociedades financieras o cajas de compensación de asignación familiar, en que el interesado debe firmar un contrato de ahorro. Este tipo de cuenta debe considerar que el ahorro se exprese en UF y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; y permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.
• Cuenta de ahorro con fines habitacionales mantenida en algún Servicio de Bienestar Social que haya suscrito convenio con el MINVU para estos efectos. Este tipo de cuenta deben considerar reajustabilidad del ahorro (expresar ahorro en UF) y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; y permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.
• Cuenta de aporte de capital en una cooperativa abierta de vivienda. Cuenta de ahorro a plazo para la vivienda mantenida en una Cooperativa de Ahorro y Crédito sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
• Otro tipo de cuentas de ahorro, que considere la reajustabilidad del ahorro (expresar ahorro en UF) y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; y permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.
Documentos requeridos
Formulario de Postulación que proporciona el SERVIU y acompañar:
• Documentación sobre el postulante y su grupo familiar.
• Documentación sobre cargas familiares, si las tiene.
• Documentación que demuestre el ahorro del postulante o cónyuge, al último día del mes anterior al mes de inicio del periodo de postulación.
En caso de postulación en línea, presentar Cédula Nacional de Identidad y entregar fotocopia de ella y documentación que acredite cargas familiares, de ser el caso. Si la cuenta de ahorro a plazo para la vivienda es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo, la información de ahorro se solicita en línea, para lo que el postulante debe otorgar mandato al SERVIU.
Si se postula colectivamente la EGIS deberá presentar además:
• Descripción y nombre del proyecto y su ubicación.
• Nómina de los postulantes que cumplan con los requisitos del programa.
• Declaración de los postulantes que indique que conocen el proyecto y sus características.
Para Acreditar Ahorro:Cuenta de ahorro a plazo para la vivienda; cuentas de ahorro de “leasing habitacional”; cuenta de ahorro con fines habitacionales de Servicios de Bienestar Social con convenio con el MINVU; cuenta de aporte de capital y de depósitos de ahorro en cooperativa de abierta de vivienda; cuenta de ahorro a plazo para la vivienda en una Cooperativa de Ahorro y Crédito; otro tipo de cuentas de ahorro, que contemple reajustabilidad y facultad de poder bloquear y desbloquear la cuenta.
Ir a Formularios Subsidio Habitacional D.S. N°40
¿Dónde recurrir?
A las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) y de los Servicios de Vivienda y Urbanización (SERVIU) de todo el país, las que se individualizan pulsando el siguiente link:
http://www.minvu.cl/opensite_20070328160248.aspx
CUMPLO CON LOS REQUISITOS Y MI EGIS NO DA NOTICIAS QUISIERA POSTULAR SOLA