Subsidios para Grupos Emergentes y Clase Media

El Decreto Supremo N° 1 de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, regula la entrega de subsidios habitacionales destinados a apoyar la construcción o compra de una vivienda económica, nueva o usada, ubicada en sectores urbanos o rurales, para uso habitacional del beneficiario y su familia.

Estos subsidios están dirigidos a personas con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.

El programa tiene tres tipos de subsidio:

  Título 0: Subsidios para Grupos Emergentes (Corresponde al tramo 1 del Título I, del D.S. N° 1, de 2011)
Para aplicarse a la compra de una vivienda de hasta 800 UF sin crédito hipotecario.
  Título I: Subsidios para Grupos Emergentes (Corresponde al tramo 2 del Título I, del D.S. N° 1, de 2011)
Para aplicarse a la compra o construcción de una vivienda de hasta 1.200 UF.
  Título II: Subsidios para la Clase Media
Para aplicarse a la compra o construcción de una vivienda de hasta 2.000 UF.

¿Cuánto subsidio entrega este programa?

Montos de Subsidio para Grupos Emergentes, Título 0 (Tramo 1 del Título I):

Ubicación de la Vivienda Precio de la Vivienda (UF) Subsidio Habitacional (UF) Monto Máximo de Subsidio (UF) Ahorro mínimo (UF)
a) Todas las regiones, provincias y comunas excepto las indicadas en las letras b) y c) Hasta 800 800 – 0,5 x P* 500 30
b) Provincia de Chiloé Hasta 800 900 – 0,5 x P* 600
c) Regiones de Aysén y de Magallanes; provincia de Palena; comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández Hasta 800 1000 – 0,5 x P* 700

P* = Precio de la vivienda (si es nueva) o mayor valor entre el precio de venta señalado en escritura o tasación comercial (vivienda usada, sin crédito hipotecario).

Ejemplos:

  • En el caso a) si la vivienda cuesta 600 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 600) = 500 UF. Si la vivienda cuesta 800 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 800) = 400 UF.
  • En el caso b) si la vivienda cuesta 650 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 650) = 575 UF. Si la vivienda cuesta 800 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 800) = 500 UF.
  • En el caso c) si la vivienda cuesta 700 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 700) = 650 UF. Si la vivienda cuesta 800 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 800) = 600 UF.


Montos de Subsidio para Grupos Emergentes, Título I (Tramo 2):

Ubicación de la Vivienda Precio de la Vivienda (UF) Subsidio Habitacional (UF) Monto Máximo de Subsidio (UF) Ahorro mínimo (UF)
a) Todas las regiones, provincias y comunas excepto las indicadas en las letras b) y c). Hasta 1.200 800 – 0,5 x P* 500 30
b) Provincia de Chiloé. Hasta 1.400 900 – 0,5 x P* 600
c) Regiones de Aysén y de Magallanes; provincia de Palena; comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. Hasta 1.400 1000 – 0,5 x P* 700

P* = Precio de la vivienda.
• En caso de operaciones con crédito hipotecario, se refiere al precio de la vivienda establecido en la escritura de compra venta.
• En operaciones sin crédito hipotecario, se refiere al mayor valor entre precio de venta señalado en la escritura y tasación comercial.
• En Construcción en Sitio Propio, se refiere al costo total de la vivienda señalado en contrato de construcción.

Ejemplos:

  • En el caso a) si la vivienda cuesta 700 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 700) = 450 UF. Si la vivienda cuesta 1.100 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 1.100) = 250 UF.
  • En el caso b) si la vivienda cuesta 700 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 700) = 550 UF. Si la vivienda cuesta 1.300 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 1.300) = 250 UF.
  • En el caso c) si la vivienda cuesta 700 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 700) = 650 UF. Si la vivienda cuesta 1.300 UF el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 1.300) = 350 UF.


Montos de Subsidio para Clase Media, Título II:

Ubicación de la Vivienda Precio de la Vivienda (UF) Subsidio Habitacional (UF) Monto Máximo de Subsidio (UF) Ahorro mínimo (UF)
a) Todas las regiones, provincias y comunas excepto las indicadas en las letras b) y c). Hasta 1.400 800 – 0,5 xP* 300 50
Más de 1.400 y hasta 2.000 100
b) Provincia de Chiloé. Hasta 1.600 900 – 0,5 x P* 350
Más de 1.600 y hasta 2.000 100
c) Regiones de Aysén y de Magallanes; provincia de Palena, y comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. Hasta 1.800 1000 – 0,5 x P* 400
Más de 1.800 y hasta 2.000 100

P* = Precio de la vivienda.
• En caso de operaciones con crédito hipotecario, se refiere al precio de la vivienda establecido en la escritura de compra venta.
• En operaciones sin crédito hipotecario se refiere al mayor valor entre precio de venta señalado en la escritura y tasación comercial.
• En Construcción en Sitio Propio se refiere al costo total de la vivienda señalado en contrato de construcción.

Ejemplos:

  • En el caso a) si la vivienda cuesta 1.000 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 1.000) = 300 UF. Si la vivienda cuesta 1.250 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 800 – (0.5 x 1.250) = 175 UF.
  • En el caso b) si la vivienda cuesta 1.100 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 1.100) = 350 UF. Si la vivienda cuesta 1.250 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 900 – (0.5 x 1.250) = 275 UF.
  • En el caso c) si la vivienda cuesta 1.200 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 1.200) = 400 UF. Si la vivienda cuesta 1.300 UF, el subsidio se calcula de la siguiente manera: 1.000 – (0.5 x 1.300) = 350 UF.

Subsidios Adicionales:

  • Si la vivienda se ubica en Zonas de Renovación Urbana o de Desarrollo Prioritario, el subsidio será de 200 a 300 UF para la zona a); hasta 350 UF para la zona b); y hasta 400 para la zona c), dependiendo del precio de la vivienda (sólo Título II).
  • Si la vivienda se ubica en Zonas de Conservación Histórica, el subsidio será de hasta 300 UF (sólo Título II).
  • Si en la vivienda se implementan obras que mejoren las condiciones de habitabilidad para personas con discapacidad, se suma un subsidio variable con un tope de 20 UF (Títulos I y II).
  • Si la vivienda a comprar es parte de un Proyecto de Integración Social (calificado por el SERVIU), se suma un subsidio variable de acuerdo al precio de la vivienda, con un tope de 100 UF (Títulos I y II).

¿A quién está dirigido?

A familias de Grupos Emergenes del Título 0 (Tramo 1 del Título I) del D.S. N° 1, de 2011:

  • Es decir, a familias que tengan Ficha de Protección Social (FPS), carentes de vivienda, con capacidad de ahorro pero sin capacidad de endeudamiento (no pueden ser sujetos de crédito hipotecario).
  • El ingreso mensual neto del núcleo familiar (incorporado a su declaración de núcleo) no podrá ser superior a 25 UF.

A familias de Grupos Emergentes del Título I (Tramo 2) del D.S. N° 1, de 2011:

  • Es decir, a familias que tengan Ficha de Protección Social (FPS), carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.
  • El ingreso mensual neto del núcleo familiar (incorporado a su declaración de núcleo) no podrá ser superior a 40 UF.

A familias de Clase Media del Título II del D.S. N° 1, de 2011:

  • Es decir, a familias carentes de vivienda, con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o con recursos propios.
  • El ingreso mensual neto del núcleo familiar (incorporado a su declaración de núcleo) no podrá ser superior a 60 UF.

¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a estos subsidios?

  • Ser mayor de 18 años.
  • Contar con el ahorro mínimo, de acuerdo al título al que postula, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, al último día hábil del mes anterior al de la postulación. La cuenta de ahorro debe estar a nombre del postulante o de su cónyuge.
  • Se debe mantener en la cuenta el ahorro acreditado al momento de postular y abstenerse de efectuar giros posteriores a la fecha de acreditación. En caso de detectarse giros o cargos al ahorro mantenido a la cuenta, se excluirá al beneficiario de la nómina de selección o caducará el Certificado de Subsidio. Si resulta seleccionado, sólo podrá girar su ahorro para pagar la vivienda o, en caso de Construcción en Sitio Propio, para pagarla anticipadamente, siempre que cuente con autorización del SERVIU.
  • Contar con el puntaje de Ficha de Protección Social (FPS) requerido:

– No superior a 11.734 puntos en caso del TÍTULO 0 (Tramo 1 del Título I).
– No superior a 13.484 puntos en caso del TÍTULO I (Tramo 2 del Título I).

Para los postulantes de Sectores Medios (Título II): La FPS no es obligatoria, pero otorga puntaje si cuenta con menos de 13.484 puntos.

  • Que el postulante, su cónyuge, conviviente o algún integrante del grupo familiar declarado al postular no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Sea propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria; o de un sitio. En este último caso, sólo puede postular para construir en dicho sitio. Quienes sean propietarios de más de un sitio, estarán impedidos de postular a menos que los terrenos no sean aptos para construir una vivienda, lo que deberá ser acreditado ante SERVIU.
    • Sea beneficiario de un subsidio habitacional o posea un certificado de subsidio habitacional vigente.
    • Esté postulando a cualquier otro programa habitacional.
    • Haya sido declarado como integrante del grupo familiar de postulantes del mismo o de futuros llamados, en caso que el postulante resulte beneficiado.
  • En el caso del Tramo 2 del Título I y del Título II:
    Ser sujeto de crédito hipotecario o contar con aportes adicionales para financiar la vivienda, los que deben estar depositados en la cuenta de ahorro de la postulación y tendrán que corresponder a un ahorro mínimo de 200 UF (Tramo 2 del Título I) ó de 400 UF (para el Título II). En caso de construcción en Sitio Propio no es necesario ser sujeto de crédito hipotecario, sólo bastará contar con el ahorro mínimo de 30 ó de 50 UF, según corresponda.
  • Declarar el monto total del ingreso mensual neto del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo, de acuerdo a la siguiente tabla:
Regiones, provincias, comunas Título y/o tramo Topes de ingreso hasta 3 integrantes
UF
Topes de ingreso hasta 4 integrantes
UF
Topes de ingreso hasta 5 integrantes
UF
a) Regiones de Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Metropolitana. Título 1, tramo 1 25 33 41
Título 1, tramo 2 40 48 56
Título II 60 68 76
b) Regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Palena, comunas de Isla de Pascua y Juan Fernández. Título 1, tramo 1 30 38 46
Título 1, tramo 2 50 58 66
Título II 75 83 91

¿Dónde y cómo se postula a estos subsidios?

  • El MINVU realiza llamados a postulación al menos dos veces al año, cuyas fechas son oportunamente informadas por el SERVIU.
  • El interesado puede postular directamente en forma individual o también puede otorgar un mandato notarial a su cónyuge, padres, hermanos o hijos, para que realicen el trámite a su nombre.
  • Se postula en el SERVIU y/o en sus Delegaciones, en municipalidades u organismos públicos acreditados por el SERVIU. Se puede reservar hora para postular en www.minvu.cl, en las fechas que determine el Ministerio.Ver fechas de postulación.
  • Quienes cuenten con certificación de ahorro y preaprobación de crédito hipotecario (sólo Tramo 2 del Título I y Título II) en instituciones en línea con el MINVU, podrán postular directamente a través de internet en www.minvu.cl. Para ello, es necesario contar con la clave única, que se obtiene presencialmente en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación, presentando su Cédula de Identidad vigente.
  • En el caso del Tramo 2 del Título I y del Título II, si la postulación es grupal (colectiva), las alternativas son las siguientes:
    • Sin proyecto: El grupo debe contar con un mínimo de diez postulantes, tener personalidad jurídica propia y su representante legal debe ser integrante de dicho grupo.
    • Con proyecto: El grupo debe tener un mínimo de diez integrantes y postular a través de una Entidad Patrocinante, con un proyecto que se presenta para la aprobación del SERVIU.
  • En caso de postulación para construcción en sitio propio o en densificación predial, el grupo (con o sin proyecto) puede tener un mínimo de dos integrantes. El número de integrantes debe ser igual al número de viviendas que forman parte del proyecto.
  • El trámite de postulación es totalmente gratuito.

DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA POSTULAR EN OFICINAS HABILITADAS:

Postulantes chilenos:

  • Cédula Nacional de Identidad vigente (original y fotocopia).

Postulantes extranjeros:

  • Cédula de Identidad para Extranjeros (original y fotocopia).
  • Certificado de Permanencia Definitiva con antigüedad mínima de cinco años (original y fotocopia).

Declaración de Núcleo Familiar y de No Propiedad Habitacional (D-1):

  • Debe ser firmada por todos los integrantes del Núcleo Familiar mayores de 18 años de edad (a excepción del cónyuge) y adjuntar fotocopia de su Cédula de Identidad.

Declaración Jurada de Postulación (D-2):

  • Todos los postulantes deben firmar la Declaración D-2.

Para acreditar el ahorro:

  • Entidad financiera con consulta en línea (Banco Estado, Banco Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes):
    • Fotocopia de la libreta de Ahorro o certificación en que conste el número y tipo de cuenta.
    • Mandato de Ahorro (D-3), suscrito por el titular de la cuenta de ahorro.
  • Entidad financiera sin consulta en línea:
    • Certificado de mantención de cuenta con la información de ahorro referida al último día hábil del mes anterior a la postulación.
  • En el caso del Tramo 1 del Título I:
    • Declaración Jurada ante Notario (D-4) (adquisición de una vivienda de hasta 800 UF sin crédito hipotecario).
  • En el caso del Tramo 2 del Título I y del Título II:
    • Certificado de Preaprobación de Crédito o de Precalificación como sujeto de crédito hipotecario otorgado por una entidad crediticia, por otra que ésta mandate o por Servicios de Bienestar que otorguen créditos con fines habitacionales.
    • Debe señalar el monto mínimo y máximo de crédito hipotecario y el rango de precio de vivienda a comprar o construir.
    • Fecha de emisión con antigüedad no superior a 60 días (respecto al inicio del período de postulación).
    • No se aceptarán simulaciones de crédito.
    • Este documento no es necesario en caso de Construcción en Sitio Propio, o si el ahorro es superior a 200 UF (para el Tramo 2 del Título I) ó 400 UF (para el Título II).

Descargue los Formularios y Declaraciones necesarias para postular pulsando aquí.

En caso de Construcción en Sitio Propio o Densificación Predial:

  • Construcción en Sitio Propio: presentar Certificado de Dominio Vigente a nombre del postulante o su cónyuge o del grupo organizado, o copia simple de la escritura de compraventa con constancia de su inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, con emisión no anterior a 90 días corridos en relación a la fecha de postulación.
  • Densificación Predial: identificar el sitio en que se construirá la vivienda, autorización notarial del propietario y Certificado de Dominio Vigente a nombre de éste, con emisión no anterior a 90 días corridos en relación a la fecha de postulación.

¿Cómo se efectúa la selección?

La selección de los beneficiados se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados en los respectivos llamados.

Los factores que otorgan puntos son los siguientes:

  • Grupo familiar.
  • Monto de ahorro superior al mínimo requerido.
  • Permanencia y constancia en el ahorro.
  • Antigüedad de la postulación.
  • Caracterización socioeconómica, a través de la Ficha de Protección Social.
  • Condición de persona reconocida en el Informe Valech o en el informe del año 2011.
  • Cumplimiento del servicio militar, a partir del año 2004.

El Minvu publicará las nóminas de beneficiarios en este mismo sitio Web, en la sección Resultados de Postulaciones.

Quienes resulten seleccionados obtendrán un Certificado de Subsidio Habitacional, con una vigencia de 21 meses, contados desde la fecha de su emisión (la cual se señala en el mismo documento).

¿Cómo se aplica el subsidio, dependiendo del tipo de postulación?

Postulación Individual:

Las personas que postularon individualmente pueden aplicar el subsidio en alguna de las siguientes alternativas:

  • Compra de una vivienda en un proyecto de la Nómina de Oferta de Proyectos Habitacionales del Serviu.
  • Compra de una vivienda nueva o usada en el mercado inmobiliario
  • Construcción de una vivienda en sitio propio o en densificación predial.

Postulación grupal sin proyecto:

Las personas que postularon en grupo y sin proyecto habitacional, pueden aplicar el subsidio en alguna de las siguientes alternativas:

  • Compra de una vivienda de un proyecto de la Nómina de Oferta de Proyectos Habitacionales del Serviu.
  • Compra de una vivienda de un proyecto habitacional que podrá desarrollar una Entidad Patrocinante para ese grupo.
  • Construcción de una vivienda en sitio propio o en densificación predial.

Postulación grupal con proyecto:

Las personas que postularon en grupo, a través de una Entidad Patrocinante, y con proyecto habitacional, pueden aplicar el subsidio en alguna de las siguientes alternativas:

  • Compra de una vivienda del proyecto habitacional con el cual postuló el grupo.
  • Construcción de una vivienda en sitio propio o en densificación predial.

Acerca del Crédito Hipotecario
En caso de requerir crédito hipotecario para completar el financiamiento de la vivienda, al momento de solicitarlo debe obligatoriamente contratar un seguro de desempleo para trabajadores dependientes o de incapacidad temporal para trabajadores independientes, por los primeros 48 meses del plazo del crédito. Transcurrido ese plazo, la mantención del seguro será opcional.

  • En caso de cesantía o de incapacidad temporal, este seguro deberá cubrir un mínimo de seis dividendos del pago regular del préstamo, pudiendo aplicarse nuevamente dicha cobertura en caso de volver a caer en situación de cesantía involuntaria o de incapacidad temporal, siempre que se haya mantenido en el nuevo empleo por seis meses desde el término de la cesantía involuntaria o incapacidad temporal ya indemnizada. Este seguro no es exigible para pensionados.
  • Para financiar este seguro, usted contará con un subsidio adicional que cubrirá la prima o parte de ella, durante los 48 primeros meses del plazo del crédito. El saldo deberá cancelarlo el deudor.

Además deberá contratar, a través de la entidad crediticia, un seguro de desgravamen e invalidez, y un seguro de incendio y sismo.

Postulaciones

La fecha de postulación será desde el jueves 6 y hasta el viernes 21 de noviembre de 2014, ambas fechas inclusive.

 

5 Comentarios

  1. en antofgasta estos montos ni se asemejan a la realidad en que vivimos aqui son muy caras las casas o los terrenos hay que tener mucha suerte o encontrar a alguien desesperado por vender para que te salga una casa por menos de 20 millones asi como esta region es la que mas aporta al pais porque no devolverle la mano con casas dignas a precios accesibles no es un regalo es lo que se merece esta ciudad ya que en estaciudad hay mas personas emfermas que sanas es la ciudad con mas cancer en chile todo por e lcobre que se supone que es de todos pero con mayor consecuencia para nosotros el gobierno que nos de una manito pero como digo para las personas nacidas aqui ya que tambien hay mucha poblacion flotante y extranjeros sin desmerecer pero somos los mas perjudicados a la hora de postular y tener algo digno las estadisticas de postulacion lo dice aqui los subsidios no se usan se devuelven y hasta alli llega nuestros sueños

  2. en antofgasta estos montos ni se asemejan a la realidad en que vivimos aqui son muy caras las casas o los terrenos hay que tener mucha suerte o encontrar a alguien desesperado por vender para que te salga una casa por menos de 20 millones asi como esta region es la que mas aporta al pais porque no devolverle la mano con casas dignas a precios accesibles no es un regalo es lo que se merece esta ciudad ya que en estaciudad hay mas personas emfermas que sanas es la ciudad con mas cancer en chile todo por e lcobre que se supone que es de todos pero con mayor consecuencia para nosotros el gobierno que nos de una manito pero como digo para las personas nacidas aqui ya que tambien hay mucha poblacion flotante y extranjeros sin desmerecer pero somos los mas perjudicados a la hora de postular y tener algo digno las estadisticas de postulacion lo dice aqui los subsidios no se usan se devuelven y hasta alli llega nuestros sueños

  3. Muy poca plata dan en el gobierno ke kieren ke les dga conosxco casos k pierden sus subcidios xk no encuentran casas alo ke les da el gobierno.tdas son as caras y uno pstula y postula para kedar igual y no poder tener lo propio.yo sueño con mi casa propia soy madre soltera cn dos hijas vivo cn mis padres e postulado tres veses xr el serviu y no e kedado.y eso k e juntado mi platita a esfuersos para la libreta ojala dios kierake pueda en algun momento tener mi casita.y k dieran mas plata para la compra d casas ya k la gente pierde subcidios xk son muy caras y no alcansa.

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